
El coronel Roberto Aguilera Pui y el teniente coronel Roilán Hernández Concepción comparecieron ante la televisión oficialista para explicar los cambios fundamentales en los proyectos de Ley de migración y Ley de extranjería en Cuba.
Las nuevas normativas, previstas para entrar en vigor en julio, redefinen el concepto de residencia efectiva migratoria, eliminando los actuales 24 meses de estancia permitida en el exterior.
Uno de los puntos más innovadores es la introducción del principio de residencia efectiva migratoria. Según el artículo 23.1, esta se define como la condición alcanzada por ciudadanos cubanos y extranjeros residentes que permanecen la mayor parte del tiempo en el territorio nacional durante un año calendario.
Se explica que, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, los cubanos tendrán un plazo de 180 días para decidir si regresan al país y se someten a las nuevas regulaciones sobre residencia efectiva. Si deciden no regresar y permanecer en el exterior, serán considerados Residentes en el Exterior según la nueva ley.
En ese sentido, los emigrados continuarán siendo emigrados bajo la nueva ley, a menos que soliciten la condición de Residente en el Exterior. Esto implica que la condición de emigrado no se derogará automáticamente, sino que los individuos tendrán la opción de cambiar su estatus si así lo desean.
Con esas condiciones, el Ministerio del Interior podrá certificar con certeza la residencia de los ciudadanos cubanos, tanto dentro como fuera del país. Además, reducirá la cantidad de cubanos que, habiendo obtenido residencia en Cuba, continúan viviendo en el exterior. Esto resolverá el contrasentido jurídico actual de considerar residentes a quienes no viven en el país.
Para ser congruentes con lo anterior, la nueva regulación elimina el límite de 24 meses de estancia en el exterior, considerado obsoleto. Sin embargo, los cubanos que se acojan a la residencia efectiva deben identificarse con pasaporte cubano al entrar al país, a pesar de tener otra ciudadanía. Según la versión oficial, esto garantiza que los ciudadanos mantengan su estatus legal adecuado dentro del territorio nacional.
Beneficios de la residencia efectiva migratoria
- Garantiza objetividad en la determinación de residentes en Cuba y en el exterior.
- Permite al Ministerio del Interior certificar con certeza a los residentes en el territorio nacional y en el exterior.
- Reduce la cantidad de ciudadanos cubanos que obtuvieron residencia en el territorio nacional (repatriación) pero continúan viviendo en el exterior.
- Resuelve el contrasentido jurídico de considerar residentes a aquellos que realmente no viven en el país.
- Facilita la acreditación de la condición de residente para fines fiscales.
- Mejora el ordenamiento del país y la determinación de requisitos de residencia para la solicitud de ciudadanía cubana.
La ley no afectará los derechos patrimoniales de los cubanos residentes en el exterior. Las modificaciones del 2012 ya permiten a los cubanos decidir sobre sus bienes, incluyendo la enajenación y custodia.